Categorías de socios

Sociedad Argentina para el Estudio del Virus del Papiloma Humano

Titulares
Podrán ser Socios Titulares los profesionales médicos con especialidad en tocoginecología, anatomía patológica, cirugía, coloproctología, virología, epidemiología, microbiología, infectología, metodología de la investigación científica, nutrición y sus ramas (nutracéutica, nutrigenómica y similares), profesionales de la salud en otras áreas, a saber: bioquímicos, biólogos moleculares, odontólogos, nutricionistas, obstétricas, que abonen la cuota social y sean aceptados por la Comisión Directiva. Tendrán derecho a voz y voto.
Adherentes
Podrán ser Socios Adherentes las personas humanas mayores a 18 años y jurídicas (con o sin personaría jurídica) que reuniendo los requisitos para ser socios activos y que soliciten su incorporación a la entidad, sean aceptadas por la Comisión Directiva y abonen las cuotas ordinarias y extraordinarias fijadas por la Asamblea. Tendrán derecho a voz pero no a voto, no podrán elegir ni ser elegidos para integrar los órganos sociales. Podrán integrar y participar en comisiones de trabajo.
Honorarios
Podrán ser Socios Honorarios las personas humanas que en atención a los servicios prestados a esta Asociación o por determinadas condiciones personales sean designadas por la Asamblea (en cuyo orden de día figure expresamente), a propuesta de la Comisión Directiva o de un 20% (veinte por ciento) de los asociados con derecho a voto. La pertenencia a esta categoría es una mera mención honorífica y por lo tanto, no implica reconocer derechos ni imponer obligaciones. Los asociados honorarios que deseen tener los mismos derechos que los socios activos deberán solicitar su admisión en esta categoría, a cuyo efecto se ajustará a las condiciones que el presente estatuto exige para la misma. Tendrán derecho a voz, pero no a voto. Podrá elegirse un Presidente Honorario.
Vitalicios
Podrán ser Socios Vitalicios los Socios Activos que alcancen una antigüedad ininterrumpida en la entidad de 25 (veinticinco) años, gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los Socios Activos con excepción del pago de la cuota social.